[El Rincón Español]
Planteamiento
Universales derechos humanos sexuales
Fuente: Relato del congreso del décimo cuarto congreso mundial de
sexología
23-27 de agosto de 1999, Hong Kong
En la sesión plenaria final el profesor Eli Coleman, presidente de la
A.M.S.
(Asociación Mundial de Sexología), anuncio los 11 derechos sexuales
fundamentales que se deseaba que fueran aprobados y reflejados en nuestro
trabajo como clínicos, educadores e investigadores. Vienen enumerados más abajo y
fueron aprobados por el congreso con aplausos:
-
El derecho a la libertad sexual. La libertad sexual da la posibilidad a
que cada uno exprese su pleno potencial sexual. Sin embargo, excluye toda forma
de coacción sexual, explotación y abuso en cualquier momento y situación de la vida real.
-
El derecho a la autonomía e integridad sexuales, así como a la seguridad
de su cuerpo. Este derecho incluye la posibilidad de tomar decisiones autónomas
sobre su vida sexual en el cuadro ético personal y social de cada uno. Asimismo, abarca el control y el gozo de nuestro cuerpo, libre de toda
tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
-
El derecho a la intimidad sexual. Implica el derecho a decisiones y
comportamientos individuales de cara a su vida erótica, siempre y cuando estos
no se entrometan en los derechos sexuales de los demás.
-
El derecho a la igualdad sexual. Se refiere a la falta de toda
discriminación basada en el sexo, el género, la orientación sexual, la edad,
la raza, la clase social, la religión o la incapacidad física y afectiva.
-
El derecho al placer sexual. El placer sexual incluye el autoerotismo y
es fuente de bienestar físico, psíquico, mental y espiritual.
-
El derecho a la expresión sexual de carácter afectivo. La
expresión sexual es más que placer erótico o actos sexuales. Los hombres tienen el derecho de
expresar su sexualidad mediante la comunicación verbal, el tacto, la expresión
afectiva y el amor.
-
El derecho a la libre asociación sexual. Abarca la posibilidad de casarse
o no, de divorciarse y de establecer de una manera responsable otros tipos de
asociaciones sexuales.
-
El derecho a tomar decisiones responsables de cara a su reproducción.
Incluye el derecho de decidir tener o no hijos, el numero e intervalo de los mismos y el derecho de
pleno acceso a los medios de regulación de la fertilidad.
-
El derecho a la información sexual basada en la investigación
científica. Este derecho implica que la información sexual debe ser producto de una
investigación científicamente ética e inobstruida y ser diseminada de maneras
apropiadas en todas las capas sociales.
-
El derecho a una amplia educación sexual. Éste es un proceso que empieza
a partir del nacimiento, se extiende en todo el ciclo de la vida y debe involucrar todas las instituciones sociales.
-
El derecho a la asistencia médica en asuntos sexuales. Dicha asistencia
debe ser disponible para la prevención y et tratamiento de todos los asuntos,
problemas y desordenes sexuales.
Los derechos sexuales son derechos humanos fundamentales y universales.
P. D'Ardenne, "Terapia sexual y matrimonial", vols. 14, no. 4, 1999.
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